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  CEDEIM  
 

Con el objetivo de no exportar impuestos, mediante Ley Nº 1489 "Desarrollo y Tratamiento impositivo a las Exportaciones" de 16 de abril de 1993, y Ley N° 1963 de 19 de marzo de 1999, se establece que los exportadores de mercancías y servicios, recibirán la devolución de los impuestos internos al consumo y de los aranceles pagados sobre los insumos incorporados en las mercancías de exportación, considerando la incidencia real de éstos en los costos y gastos de producción, dentro las prácticas admitidas en el comercio exterior, basadas en el principio de la "neutralidad impositiva".

El CEDEIM es un certificado de devolución de impuestos, es un título valor transferible por simple endoso, con vigencia indefinida y podrá ser utilizado por el tenedor final para el pago de cualquier tributo cuya recaudación este a cargo de la Aduana Nacional o del Servicio de Impuestos Nacionales conforme a la legislación vigente.